OBJETIVO, ALCANCE Y DEFINICÓN.
OBJETIVO:
Definir los lineamientos generales para el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 que tiene por objeto
garantizar la protección y conservación de los datos de carácter personal de empleados, clientes y
proveedores como partes interesadas de TRANSPORTE Y TURISMO 1A
La presente política de tratamiento de información de datos personales, se define entre otros, los
principios en virtud de la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de los datos
personales que sean suministrados e incorporados en las bases de datos y archivos de la empresa que
se traduce en actuar con responsabilidad al momento de recopilar la información del personal y proteger
su privacidad, conforme lo señala en la Ley 1581 de 2012.
ALCANCE
Los principios y disposiciones contenidas en la presente política, son aplicables a los datos personales
de clientes, proveedores y empleados que se encuentren registrado en la base de datos de la empresa
y a las áreas o personas que trabajen con datos personales para el cumplimiento de sus funciones.
DEFINICIÓN
Se expidió en Colombia la Ley 1581 de 2012 para la protección de datos personales.
Esta Ley obliga al cumplimiento de normas y prácticas que conlleven al tratamiento adecuado de los
datos personales de personas naturales de acuerdo a las disposiciones contenidas en dicha ley y la
constitución política de Colombia.
La ley es de obligatorio cumplimiento para todos los que de una u otra manera trate y/o sean
responsables de bases de datos personales.
Código: DG-RNBD-02
Versión: 02
Vigente desde: 23-01-2023
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
DEFINICIONES
Para el desarrollo de la presente política, se adoptan las siguientes definiciones contenidas en la Ley
1581 de 2012.
Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el tratamiento
de datos personales;
Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento;
Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas
naturales determinadas o determinables.
Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio
con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento;
Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en
asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o tratamiento de los datos;
Titular: Persona Natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento;
Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la
recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
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Versión: 02
Vigente desde: 23-01-2023
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
IDENTIFICACIÓN DEL RESPÓNSABLE DEL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
Responsable
Nit
TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S
811010604-3
Dirección Principal
Teléfono
CARRERA 65 N° 8B – 91 (LOCAL 368)
444 67 44
Correo electrónico
gerencia@transporteyturismo1a.com
ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
Para efectos del presente manual, serán encargados del tratamiento de datos personales bajo el
compromiso de TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S, cada uno de los responsables según sea el caso,
de cada una de las áreas y dependencias administrativas para el cumplimiento de sus labores.
FINALIDAD Y TRATAMIENTO PARA EL CUÁL SERÁN SOMETIDOS LOS DATOS
PERSONALES:
En relación con la naturaleza y funcionamiento propio de la empresa, el tratamiento de datos de los
titulares con los cuales TRANSPORTE Y TURISMO 1A tuvieren establecida o establecieran una
relación, permanente u ocasional, lo realizará en el marco legal que regula la materia, y serán todos los
necesarios para el cumplimiento de su objeto social. En todo caso, los datos personales podrán ser
recolectados y tratados para:
A) Mantener una comunicación constante con los titulares de los datos personales, relativa al
desarrollo de las actividades propias de la empresa de acuerdo a los perfiles de cada tipo de
cada tipo de base de datos que posea la empresa.
B) Mantener un consolidado de los usuarios para el desarrollo de encuestas, estadísticas y demás
actividades tendientes a la consecución de indicadores o información relevante para el
cumplimiento del objeto social.
C) Cumplir con las obligaciones legales y contractuales en las que se requiera recaudar información
personal mediante la elaboración de Base de Datos para efecto de control, supervisión, auditorias
y proyectos llevado a cabo por la empresa.
D) Realizar actividades de mercadeo, publicidad, envío de información relacionada con la empresa,
así como la promoción de los servicios relacionados u ofrecidos de manera directa o indirecta
por la empresa frente a sus clientes.
E) Evaluar la calidad de los servicios ofrecidos por TRANSPORTE Y TURISMO 1A.
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POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
En relación con el Recurso Humano el tratamiento de los datos se realizará para la vinculación,
desempeño de funciones o prestación de servicios, retiro o terminación, capacitaciones, seguridad
social, dependiendo del tipo de relación jurídica entablada con la empresa (incluye entre otros,
empleados, exempleados, empleados temporales, practicantes, y/o aspirantes a cargos).
En lo que refiere al tratamiento de Datos de Proveedores y Contratistas estos se recolectarán para
fines relacionados con el proceso contractual de productos o servicios que la empresa requiera para su
funcionamiento de acuerdo a la normatividad vigente.
CONDICIONES GENERALES.
Para dar cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 sobre la protección de Datos Personales se debe tener
presente las siguientes consideraciones:
A) Todo empleado o área de TRANSPORTE Y TURISMO 1A puede ser encargado del tratamiento
de datos en algún momento de su vida laboral.
B) Se debe considerar a TRANSPORTE Y TURISMO 1A como una empresa y por lo tanto es el
responsable del tratamiento de bases de datos personales.
C) Los terceros que en un momento determinado requieran bases de datos personales se
convierten en encargados y deben cumplir con las obligaciones contenidas en la Ley 1581 de
2012 en Colombia, entre ellas, obtener la autorización del Titular para tratar sus datos
personales.
D) La ley es de obligatorio cumplimiento en todo el territorio colombiano y para transmitir datos
personales a otros países, la legislación de estos debe contemplar medidas de seguridad, iguales
o superiores a las contenidas en la Ley en mención.
E) Se consideran Bases de Datos personales en la empresa TRANSPORTE Y TURISMO 1A todas
las personas naturales, sean proveedores, clientes, empleados, o cualquier otra persona cuya
información sea objeto de Tratamiento por parte nuestra.
No es necesario la aplicación de la política, por excepción legal, cuando:
A) A las bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico.
B) Las bases de datos o archivos que tengan como finalidad la seguridad y defensa nacional, así
como la prevención, detección, monitoreo y control de lavado de activos y el financiamiento del
terrorismo.
C) Las bases de datos que tengan como fin y contengan información de inteligencia o
contrainteligencia.
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POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
D) Las bases de datos y archivos sean de información periodística y otros contenidos editoriales.
E) Las bases de datos con información financiera, crediticia, comercial y de servicios, y de los
censos de población y vivienda.
AUTORIZACIÓN PARA USO DE DATOS PERSONALES
TRANSPORTE Y TURISMO 1ª S.A.S solicitará a los titulares de la información su autorización para el
tratamiento de Datos Personales. Para ello se tendrá en cuenta, que:
VIGENCIA
La presente política rige a partir de la fecha de su publicación, lo no previsto en el presente manual se
reglamentará de acuerdo al Régimen General de Protección de Datos Personales vigente en Colombia.
La presente política de Tratamiento de Datos Personales entra en vigencia a partir del 23 de enero 2022
OBJETIVO
"Establecer un entorno laboral seguro, inclusivo y libre de cualquier forma de discriminación, violencia o
acoso sexual en TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S., en cumplimiento de la Resolución 026 de 2023 y la Ley
2365 de 2024, mediante la promoción de una cultura organizacional que valore la diversidad, fomente el
respeto por las diferencias individuales y garantice mecanismos efectivos de prevención, denuncia y sanción,
con el fin de fortalecer el bienestar de los colaboradores y la productividad de la empresa."
ALCANCE
Esta política se aplica a todos los Colaboradores, hombres y mujeres, sin distinciones de sexo, edad, condición
social, religión, orientación sexual, raza, color, estado civil, sindicación, opinión política, discapacidad,
nacionalidad, grupo étnico o cualquier otra condición protegida por la ley, y a todos los niveles jerárquicos
de TRANSPORTE Y TURISMO 1A y sus empresas filiales.
II.
POLITICA
En TRANSPORTE Y TURISMO 1A apostamos por la diversidad en nuestro talento humano, el cual está
conformado por personas de diferentes perfiles, culturas, orígenes y experiencias, y favorecemos la inclusión,
creando un entorno laboral en el que cada persona pueda lograr sus objetivos y desarrollarse, manteniendo
una política de tolerancia cero frente a todo tipo de discriminación o violencia y agresión sexual.
Los principios generales de actuación de TRANSPORTE Y TURISMO 1A son: