Política de Privacidad y Tratamiento de Datos

octubre 1, 2024

OBJETIVO, ALCANCE Y DEFINICÓN.
OBJETIVO:
Definir los lineamientos generales para el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 que tiene por objeto
garantizar la protección y conservación de los datos de carácter personal de empleados, clientes y
proveedores como partes interesadas de TRANSPORTE Y TURISMO 1A
La presente política de tratamiento de información de datos personales, se define entre otros, los
principios en virtud de la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de los datos
personales que sean suministrados e incorporados en las bases de datos y archivos de la empresa que
se traduce en actuar con responsabilidad al momento de recopilar la información del personal y proteger
su privacidad, conforme lo señala en la Ley 1581 de 2012.
ALCANCE
Los principios y disposiciones contenidas en la presente política, son aplicables a los datos personales
de clientes, proveedores y empleados que se encuentren registrado en la base de datos de la empresa
y a las áreas o personas que trabajen con datos personales para el cumplimiento de sus funciones.
DEFINICIÓN
Se expidió en Colombia la Ley 1581 de 2012 para la protección de datos personales.
Esta Ley obliga al cumplimiento de normas y prácticas que conlleven al tratamiento adecuado de los
datos personales de personas naturales de acuerdo a las disposiciones contenidas en dicha ley y la
constitución política de Colombia.
La ley es de obligatorio cumplimiento para todos los que de una u otra manera trate y/o sean
responsables de bases de datos personales.
Código: DG-RNBD-02
Versión: 02
Vigente desde: 23-01-2023
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

DEFINICIONES
Para el desarrollo de la presente política, se adoptan las siguientes definiciones contenidas en la Ley
1581 de 2012.
Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el tratamiento
de datos personales;
Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento;
Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas
naturales determinadas o determinables.
Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio
con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento;
Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en
asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o tratamiento de los datos;
Titular: Persona Natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento;
Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la
recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
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Versión: 02
Vigente desde: 23-01-2023
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

IDENTIFICACIÓN DEL RESPÓNSABLE DEL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
Responsable
Nit
TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S
811010604-3
Dirección Principal
Teléfono
CARRERA 65 N° 8B – 91 (LOCAL 368)
444 67 44
Correo electrónico
gerencia@transporteyturismo1a.com

ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
Para efectos del presente manual, serán encargados del tratamiento de datos personales bajo el
compromiso de TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S, cada uno de los responsables según sea el caso,
de cada una de las áreas y dependencias administrativas para el cumplimiento de sus labores.

FINALIDAD Y TRATAMIENTO PARA EL CUÁL SERÁN SOMETIDOS LOS DATOS
PERSONALES:
En relación con la naturaleza y funcionamiento propio de la empresa, el tratamiento de datos de los
titulares con los cuales TRANSPORTE Y TURISMO 1A tuvieren establecida o establecieran una
relación, permanente u ocasional, lo realizará en el marco legal que regula la materia, y serán todos los
necesarios para el cumplimiento de su objeto social. En todo caso, los datos personales podrán ser
recolectados y tratados para:
A) Mantener una comunicación constante con los titulares de los datos personales, relativa al
desarrollo de las actividades propias de la empresa de acuerdo a los perfiles de cada tipo de
cada tipo de base de datos que posea la empresa.
B) Mantener un consolidado de los usuarios para el desarrollo de encuestas, estadísticas y demás
actividades tendientes a la consecución de indicadores o información relevante para el
cumplimiento del objeto social.
C) Cumplir con las obligaciones legales y contractuales en las que se requiera recaudar información
personal mediante la elaboración de Base de Datos para efecto de control, supervisión, auditorias
y proyectos llevado a cabo por la empresa.
D) Realizar actividades de mercadeo, publicidad, envío de información relacionada con la empresa,
así como la promoción de los servicios relacionados u ofrecidos de manera directa o indirecta
por la empresa frente a sus clientes.
E) Evaluar la calidad de los servicios ofrecidos por TRANSPORTE Y TURISMO 1A.
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Vigente desde: 23-01-2023
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
En relación con el Recurso Humano el tratamiento de los datos se realizará para la vinculación,
desempeño de funciones o prestación de servicios, retiro o terminación, capacitaciones, seguridad
social, dependiendo del tipo de relación jurídica entablada con la empresa (incluye entre otros,
empleados, exempleados, empleados temporales, practicantes, y/o aspirantes a cargos).
En lo que refiere al tratamiento de Datos de Proveedores y Contratistas estos se recolectarán para
fines relacionados con el proceso contractual de productos o servicios que la empresa requiera para su
funcionamiento de acuerdo a la normatividad vigente.

CONDICIONES GENERALES.
Para dar cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 sobre la protección de Datos Personales se debe tener
presente las siguientes consideraciones:
A) Todo empleado o área de TRANSPORTE Y TURISMO 1A puede ser encargado del tratamiento
de datos en algún momento de su vida laboral.
B) Se debe considerar a TRANSPORTE Y TURISMO 1A como una empresa y por lo tanto es el
responsable del tratamiento de bases de datos personales.
C) Los terceros que en un momento determinado requieran bases de datos personales se
convierten en encargados y deben cumplir con las obligaciones contenidas en la Ley 1581 de
2012 en Colombia, entre ellas, obtener la autorización del Titular para tratar sus datos
personales.
D) La ley es de obligatorio cumplimiento en todo el territorio colombiano y para transmitir datos
personales a otros países, la legislación de estos debe contemplar medidas de seguridad, iguales
o superiores a las contenidas en la Ley en mención.
E) Se consideran Bases de Datos personales en la empresa TRANSPORTE Y TURISMO 1A todas
las personas naturales, sean proveedores, clientes, empleados, o cualquier otra persona cuya
información sea objeto de Tratamiento por parte nuestra.
No es necesario la aplicación de la política, por excepción legal, cuando:
A) A las bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico.
B) Las bases de datos o archivos que tengan como finalidad la seguridad y defensa nacional, así
como la prevención, detección, monitoreo y control de lavado de activos y el financiamiento del
terrorismo.
C) Las bases de datos que tengan como fin y contengan información de inteligencia o
contrainteligencia.
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POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
D) Las bases de datos y archivos sean de información periodística y otros contenidos editoriales.
E) Las bases de datos con información financiera, crediticia, comercial y de servicios, y de los
censos de población y vivienda.

AUTORIZACIÓN PARA USO DE DATOS PERSONALES
TRANSPORTE Y TURISMO 1ª S.A.S solicitará a los titulares de la información su autorización para el
tratamiento de Datos Personales. Para ello se tendrá en cuenta, que:

  • El titular tiene la potestad de autorizar su tratamiento.
  • Su autorización debe ser previa, expresa y libre de vicios en el consentimiento,
  • TRANSPORTE Y TURISMO 1A informara al titular de los datos el uso o finalidad y este será el
    uso que la empresa como responsables del tratamiento podrán hacer de los datos personales, y
    en el mismo sentido los Encargados del mismo.
    El titular de los datos personales tiene derecho a revocar la autorización, salvo que exista una
    obligación legal o contractual que establezca lo contrario. En el caso de los contratos con
    TRANSPORTE Y TURISMO 1A; es necesario contar con los datos personales del titular para los
    efectos relacionados con la prestación de los servicios contratados, y se utilizarán para estos fines.
    El tratamiento de los datos se hará con base en la autorización del usuario y teniendo en cuenta su
    necesidad, tanto con relación con la finalidad como con el tiempo.
  1. AUTORIZACIÓN Y CONSENTIMIENTO DEL TITULAR
    TRANSPORTE Y TURISMO 1A requiere del consentimiento libre, previo, expreso e informado del titular
    de los datos personales para el tratamiento de los mismos, exceptos en los casos expresamente
    autorizados en la ley, a saber:
  • Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones
    legales o por orden judicial.
  • Datos de naturaleza pública.
  • Casos de urgencia médica o sanitaria.
  • Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos.
  • Datos relacionados con el Registro Civil de las personas.
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    Versión: 02
    Vigente desde: 23-01-2023
    POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
    MEDIOS PARA OTORGAR LA AUTORIZACIÓN. TRANSPORTE Y TURISMO 1A obtendrá la
    autorización mediante diferentes medios, entre ellos el documento físico y/o electrónico o cualquier otro
    formato que en todo caso permita la obtención del consentimiento mediante conductas inequívocas a
    través de las cuales se concluya que no haberse surtido la misma por parte del titular o la persona
    legitimada para ello, los datos no se hubieran almacenado capturado en la base de datos. La autorización
    será solicitada por la empresa de manera previa o simultánea al tratamiento de los datos personales.
    REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN – Los titulares de los datos personales pueden en cualquier
    momento revocar la autorización otorgada a TRANSPORTE Y TURISMO 1A para el tratamiento de sus
    datos personales o solicitar la supresión de los mismos, siempre y cuando no lo impida una disposición
    legal o contractual.
    Por lo anterior, deberá tenerse en cuenta que la revocatoria del consentimiento puede expresarse, por
    una parte, de manera total en relación con las finalidades autorizadas y por lo tanto TRANSPORTE Y
    TURISMO 1A deberá cesar cualquier actividad de tratamiento de los datos; y por la otra de manera
    parcial en relación con ciertos tipos de tratamiento, como para fines publicitarios, entre otros. En este
    último caso, TRANSPORTE Y TURISMO 1A, podrá continuar tratando los datos personales para
    aquellos fines en relación con los cuales el titular no hubiera revocado su consentimiento.
  1. DERECHOS DE LOS TITULARES
  2. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales.
  3. Solicitar prueba de la autorización otorgada.
  4. Ser informado, previa solicitud, respecto del uso que le a dado a sus datos personales;
  5. Previa reclamación o consulta, presentar ante la superintendencia de Industria y Comercio
    quejas por infracciones a la normatividad legal aplicable;
  6. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se
    respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.
  7. Acceder de forma gratuita a sus datos personales.
    Estos derechos podrán ser ejercidos por:
  • El Titular, quién deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos
    medios que le ponga a disposición TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S.
  • Los causahabientes del titular, quienes deberán acreditar tal calidad.
  • El representante y/o apoderado del titular, previa acreditación de la representación o
    apoderamiento.
    Código: DG-RNBD-02
    Versión: 02
    Vigente desde: 23-01-2023
    POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
  1. ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS
    Para presentar consultas, reclamaciones, ampliar información, o para consultar sus datos personales,
    para pedir que sean modificados, actualizados, rectificados o suprimidos, o para revocar la autorización
    para su tratamiento, o para el ejercicio de sus derechos como usuario o cliente, puede comunicarse a
    través de cualquiera de los canales de atención al cliente que TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S
    tiene dispuestos. Se dará atención en los tiempos establecidos por la Ley 1581. Puede conectarse con
    las líneas telefónicas y páginas de internet aquí citadas.
  • Área de servicio al Cliente para clientes, proveedores y empleados:
    Teléfono 444 67 44 Ext 100 – 101
    www.transporteyturismo1a.com
    info@transporteyturismo1a.com
    Ubicados en la Carrera 65 N° 8B – 91 (Local 368)
    Terminal Sur
    Medellín, Antioquia.
    Colombia.

VIGENCIA
La presente política rige a partir de la fecha de su publicación, lo no previsto en el presente manual se
reglamentará de acuerdo al Régimen General de Protección de Datos Personales vigente en Colombia.
La presente política de Tratamiento de Datos Personales entra en vigencia a partir del 23 de enero 2022

Política de diversidad, inclusión y prevención de violencia y agresión sexual en entornos de trabajo

OBJETIVO
"Establecer un entorno laboral seguro, inclusivo y libre de cualquier forma de discriminación, violencia o
acoso sexual en TRANSPORTE Y TURISMO 1A S.A.S., en cumplimiento de la Resolución 026 de 2023 y la Ley
2365 de 2024, mediante la promoción de una cultura organizacional que valore la diversidad, fomente el
respeto por las diferencias individuales y garantice mecanismos efectivos de prevención, denuncia y sanción,
con el fin de fortalecer el bienestar de los colaboradores y la productividad de la empresa."
ALCANCE
Esta política se aplica a todos los Colaboradores, hombres y mujeres, sin distinciones de sexo, edad, condición
social, religión, orientación sexual, raza, color, estado civil, sindicación, opinión política, discapacidad,
nacionalidad, grupo étnico o cualquier otra condición protegida por la ley, y a todos los niveles jerárquicos
de TRANSPORTE Y TURISMO 1A y sus empresas filiales.
II.
POLITICA
En TRANSPORTE Y TURISMO 1A apostamos por la diversidad en nuestro talento humano, el cual está
conformado por personas de diferentes perfiles, culturas, orígenes y experiencias, y favorecemos la inclusión,
creando un entorno laboral en el que cada persona pueda lograr sus objetivos y desarrollarse, manteniendo
una política de tolerancia cero frente a todo tipo de discriminación o violencia y agresión sexual.
Los principios generales de actuación de TRANSPORTE Y TURISMO 1A son:

  • Garantizar el trato no discriminatorio de las personas que integran la Compañía, sin perjuicios asociados a
    la raza, nacionalidad, origen étnico, edad, discapacidad, religión, género, orientación sexual, estado civil, o
    cualquier otra condición física o social.
    *Fomentar un ambiente laboral inclusivo, en el que se respete y valore las diferencias individuales y que se
    garantice que todas las personas se sientan integradas y aceptadas.
    *Sancionar como se está descrito a través del reglamento interno de trabajo cualquier forma de agresión
    sexual, catalogándose esta como los diferentes tipos de acoso que se puedan generar.
    *Fomentar la igualdad de oportunidades en todas las Áreas de la Compañía, estableciendo las medidas y
    acciones que sean necesarias para alcanzar la igualdad real de trato y de oportunidades entre todos los
    profesionales y evitar situaciones de discriminación, tanto directa como indirecta, en todos los niveles de la
    organización.
    *Establecer planes de actuación que promuevan la igualdad efectiva de sexos, garantizando su desarrollo
    profesional en igualdad de condiciones.
    Código: DG-39
    Versión: 02
    Vigente desde: 20/05/2021
    POLÍTICA DE DIVERSIDAD, INCLUSIÓN Y PREVENCIÓN DE VIOLENCIA Y AGRESIÓN SEXUAL EN
    ENTORNOS DE TRABAJO
    *Garantizar un ambiente de trabajo libre de discriminación, acoso, agresión sexual y otras formas de
    intolerancia y violencia.
    *Promover la comunicación y la colaboración basada en el respeto entre todos los integrantes de la compañía
    y en sus relaciones con terceros.
    *Garantizar que los procesos de selección de talento y de desarrollo se realizan en base a parámetros de
    desempeño y potencial sin hacer distinción de género.
    *Comprometer con la diversidad a toda la Compañía, tanto en las relaciones internas, independientemente
    de la posición que se ocupe en la empresa, como en las relaciones con clientes, proveedores y otros grupos
    de interés.
    *Acompañar a través de las vías penales aquellos procesos que la Ley 2365 de 2024 establece, así como
    aquellas investigaciones que la instancia legal o penal solicite.
    III.
    RESPONSABILIDADES
    Es responsabilidad y obligación de los líderes y de cada trabajador de la empresa contribuir a fomentar un
    ambiente inclusivo en sus equipos y asegurar la diversidad de los mismos, prohibiéndose cualquier tipo de
    discriminación arbitraria. Es responsabilidad de la empresa, a través de sus gerencias de recursos humanos,
    entregar las herramientas y facilitar las condiciones para lograr equipos de trabajo diversos y una cultura
    inclusiva.
    IV.
    DOCUMENTOS RELACIONADOS
  • Código de Ética: Todos los empleados de TRANSPORTE Y TURISMO 1A y sus empresas filiales deberán
    cumplir con el Código de Ética, en particular lo referido a la sección 3, Relaciones con Colaboradores. Las
    transgresiones de esta política podrán ser denunciadas por cualquier colaborador en los Canales de Denuncia
    con que cuente la empresa, siendo investigadas y sancionadas por el Comité de Ética.
  • Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad: Aplicarán de manera especial para la regulación de esta
    política, las normas sobre relaciones armónicas con cada trabajador y el bienestar de cada miembro de la
    empresa, las normas de obligaciones y prohibiciones de orden para el trabajador. Las faltas a esta política se
    les aplicarán las normas de sanciones, amonestaciones y multas del Reglamento Interno.
    *Ley 2365 de 2024, Congreso de la República y Presidencia de la República.
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